Asociación de
Padres de ALUMNOS

GENERALIDADES
FINES
ASOCIADOS
ORGANOS DE GOBIERNO
REGIMEN ECONÓMICO
ACTIVIDADES
GENERALIDADES

La Asociación de Padres y Madres de alumnos del Colegio Público "San Félix",
se constituyó en una Asamblea General celebrada el día 18 de octubre de 1990.
Tiene su domicilio fijado en el Colegio Público "San Félix" situado en la
calle Bárboles s/n en la barriada de San Félix en Cartagena.
FINES

Los fines de la Asociación son:
- Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus
hijos o hijas.
- Participar en la elección de los representantes de los padres/madres en los órganos
colegiados del centro.
- Colaborar en la labor educativa del centro docente y de una manera especial en las
actividades complementarias y extraescolares.
- Orientar y estimular a los padres respecto a las obligaciones que le incumben en
relación con la educación de sus hijos.
- Colaborar e intervenir en la elaboración, desarrollo o modificación del reglamento de
régimen interior.
- Promover la participación de los padres asociados en el centro y en la gestión del
centro.
- Fomentar las relaciones de cooperación del centro con otros establecimientos escolares
y los sectores sociales y culturales del entorno.
- Promover la plena realización del principio de gratuidad en el ámbito del centro, así
como la efectiva igualdad de derechos de todos los alumnos, sin discriminación por
razones económicas, ideológicas, confesionales, raza o sexo.
- Requerir a los poderes públicos el cumplimiento de las leyes, reglamentos y planes de
actuación relativos a la educación, recabando la atención y ayuda que este merece.
- Desarrollar programas de educación familiar para proporcionar a padres/madres y
tutores/as
conocimientos y orientaciones relacionados con su función educadora.
- Promover actividades formativas, culturales y estudios.
- Contribuir al funcionamiento de los diversos servicios del centro.
- Promover relaciones de colaboración de padres/madres con profesores/as y las buenas
relaciones entre ambos.
ASOCIADOS

Serán asociados las familias de los alumnos matriculados en el centro, en las personas
del padre y de la madre o el representante legal, siempre que lo soliciten expresamente.
Serán derechos de los asociados:
- Elegir y ser elegibles para todas las funciones representativas de la asociación.
- Tener voz y voto.
- Tomar parte en todas las actividades de la asociación y utilizar los servicios que
puedan establecerse en beneficio de los asociados.
- Dirigir peticiones y proponer iniciativas a los órganos de gobierno de la asociación.
- Recabar y recibir de la junta directiva cuanta información precisen sobre la gestión
asociativa.
- Beneficiarse de las ayudas que puedan dispensarles la asociación durante el periodo de
escolarización obligatoria de sus hijos/as.
- Tener acceso a los locales e instalaciones de la asociación, para cuyo efecto habrán
de respetar las normas y horarios que se establezcan por la junta directiva.
Serán deberes de los asociados:
- Observar los estatutos de la asociación y los acuerdos de la asamblea.
- Asistir a todas las reuniones y actos convocados por la junta directiva.
- Contribuir económicamente al sostenimiento de la asociación en la forma que se
establezca por la asamblea.
- Colaborar activamente al cumplimiento de los fines de la asociación y a la eficacia en
la ejecución de los mismos.
- Facilitar a la junta directiva cuantos datos e informaciones estimen necesarios para el
mejor desarrollo de sus funciones.
- Prestar a la asociación todo tipo de operaciones personales, materiales o de servicios.
Se causara baja en la asociación:
- Por petición del interesado.
- Por baja de los hijos/as o tutelados en el centro.
- Por falta injustificada al pago de las cuotas.
- Por incumplimiento de los estatutos.
- Por utilización de la asociación con fines ajenos a los específicos de la misma.
- Por decisión de la junta directiva, cuando en derecho proceda, tras ser oído el
interesado, que podrá recurrir ante la primera Asamblea General que se celebre. En todo
caso, la decisión de expulsar definitivamente a un socio deberá ser refrendada por la
Asamblea General.
ORGANOS DE GOBIERNO

La asociación está regida por la Asamblea General de asociados y la junta directiva, con
las funciones que se especifican seguidamente:
La Asamblea General de asociados es el órgano soberano de la asociación. Sus acuerdos
son obligatorios para todos sus asociados. Se reunirá con carácter ordinario una vez al
año, donde se expondrá a los asociados las actividades realizadas y a realizar, balance
de ingresos y gastos y presupuestos de la asociación, que serán sometidos a la
aprobación de la misma.
Con carácter extraordinario, cuantas veces lo acordarse la junta directiva, o siempre que
lo solicite
por escrito, un tercio de los asociados, con las firmas de los solicitantes y razonando
los motivos
de la misma.
Las deliberaciones serán dirigidas y moderadas por el presidente de la junta directiva,
la cual y cuando lo considere oportuno, según el tema a tratar, podrá nombrar un
moderador especialista.
Por razones de urgencia, podrán debatirse cuestiones planteadas en el curso de la
asamblea, si así lo
decidiera en mínimo del 20 por ciento de los asistentes a la misma. Será valido en
asamblea de carácter ordinario.
La Asamblea General comprende a los asociados y a los miembros de la junta directiva.
Todas las sesiones serán convocadas por el presidente, con expresa indicación del orden
del día
establecido por la junta directiva. Las convocatorias deberán dirigirse a los asociados,
con cinco días de antelación para las reuniones ordinarias y diez días para las
extraordinarias.
La Asamblea General de la asociación, tanto ordinaria como extraordinaria, quedará
válidamente
constituida, en primera convocatoria, cuando, concurren a ella, la mayoría de los
asociados, y en segunda, cualquiera que sea el número de los concurrentes, siempre que
hayan sido convocados
reglamentariamente. La segunda convocatoria, será fijada treinta minutos después de la
señalada para la primera.
Serán funciones de la Asamblea General ordinaria:
- Aprobar el plan general de actuación de la asociación.
- Establecer la cuota estatutaria.
- Aprobar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, así como el estado de cuentas
que elabore y presente la junta directiva.
- Aprobar, si procede, el acta de la reunión anterior.
Serán funciones de la Asamblea General extraordinaria las siguientes:
- Elegir a los asociados que hayan de ocupar los cargos directivos.
- Llevar a cabo, cuando proceda, la modificación de los estatutos.
- Acordar, en caso justificado, la disolución de la asociación.
- Acordar igualmente la disposición o enajenación de bienes.
- Nombrar administradores o representantes.
- Acordar la constitución de una federación de asociaciones de utilidad pública o el
integrarse en ella, si ya existe.
- Los acuerdos serán firmes, en primera o segunda convocatoria, cuando voten a favor de
los mismos:
- De la Asamblea General ordinaria, la mayoría simple de los asociados asistentes,
presentes o representados.
- En la Asamblea General extraordinaria, las dos terceras partes de los asociados
asistentes, presentes o representados.
- La Asamblea General, por propia iniciativa, o a propuesta de la junta directiva, podrá
Acordar el nombramiento de miembros del comité de honor a personas que por su dedicación
a la enseñanza, a las necesidades sociales o a las actividades culturales, gozan de
reconocido prestigio y promueven la mejora de la calidad de la enseñanza.
- Los miembros del comité de honor tienen derecho a asistir con voz a las sesiones
conjuntas de dicho comité celebre con la junta directiva y a las asambleas generales de
la asociación.
- Los miembros del comité de honor no podrán ser elegidos miembros de la junta
directiva.
- La junta directiva de la asociación estará compuesta como mínimo por:
- Un presidente/a, que lo será de la asociación.
- Un vicepresidente/a.
- Un secretario/a.
- Un vicesecretario/a.
- Un tesorero/a.
- Un vocal por cada curso como mínimo.
- Los miembros de la junta directiva, serán elegidos de la siguiente manera:
- Todos los cargos directivos (presidente/a, vicepresidente/a, secretario/a,
vicesecretario/a y tesorero/a).
- Por la Asamblea General extraordinaria, a través de votación secreta, directa y
personal, y su mandato durará dos años, renovándose actualmente la mitad de la junta.
- El vocal por cada curso, por los padres de los alumnos del curso correspondiente,
pudiéndose renovar en su totalidad cada año. Pese a lo dispuesto anteriormente la
Asamblea General extraordinaria, podrá revocar en cualquier momento el mandato de todos y
cada uno de los miembros de la junta directiva.
- Las vacantes que se produzcan en este periodo, serán cubiertas por la junta directiva y
los nombramientos, que en todo caso tendrán carácter provisional, serán posteriormente
confirmados por la Asamblea General.
- Los vocales designados en tales circunstancias cesarán en su cargo cuando se extinga el
mandato reglamentario de los titulares a quienes hubiesen de sustituir.
- Cualquiera de los miembros que componen la junta directiva, cesarán en el momento en
que su hijo/a o menor sujeto a tutela, deje de pertenecer como alumno al colegio.
- Todos los cargos serán gratuitos y reelegibles.
- La junta directiva se reunirá normalmente una vez al mes. Para la constitución válida
de la misma, tanto en reunión ordinaria como extraordinaria, se requerirá que haya sido
convocada, por escrito, con expresión de la fecha, lugar y orden del día, con 72 horas
de antelación y estén presentes, en primera convocatoria, la mitad más uno de los
miembros, o en segunda, el presidente, el secretario, el tesorero y un tercio de los
vocales restantes. A la junta directiva la reunirá preceptivamente el presidente.
- Serán funciones de la junta directiva, las siguientes:
- Velar por el cumplimiento de los fines estatutarios.
- Organizar los distintos servicios de la asociación.
- Administrar los fondos sociales.
- Ejecutar los acuerdos tomados en Asamblea General.
- En casos de extrema urgencia, adoptar decisiones sobre asuntos cuya competencia
corresponde a la Asamblea General, dando cuenta de ello en la primera reunión que esta
celebre.
- Serán atribuciones del presidente:
- Ostentar la representación legal de la asociación.
- Convocar y presidir las sesiones de la junta directiva y la Asamblea General.
- Coordinar el funcionamiento de las vocalías o servicios que se establezcan.
- Cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados en la junta directiva o en Asamblea
General.
- Autorizar, con su firma, las actas, certificaciones y demás documentos oficiales de la
asociación.
- Evaluar periódicamente el trabajo realizado por sus colaboradores.
- Conferir poderes y suscribir contratos, documentos públicos y privados que fueran
necesarios, siempre y cuando tenga la debida autorización de la junta directiva.
- El vicepresidente sustituirá al presidente en caso de ausencia, enfermedad o
incompatibilidad de éste y asumirá sus funciones, con carácter provisional, cuando el
titular cesare en el cargo. Será también miembro de pleno derecho de la junta directiva.
- Corresponde al secretario:
- Levantar acta de las sesiones de la junta directiva y de la Asamblea General.
- Recibir y tramitar las solicitudes de ingreso.
- Llevar y custodiar los libros oficiales, los registros y ficheros de la asociación.
- Redactar la memoria anual de actividades.
- Citar a directivos y asociados para las reuniones.
- Expedir certificaciones y demás documentación de la asociación.
- Corresponde al tesorero:
- Efectuar la recaudación de cuotas.
- Elaborar los presupuestos, balances e inventarios de la asociación, para su aprobación
en junta directiva.
- Verificar las anotaciones y registros contables imprescindibles, para conocer, en
cualquier momento, la situación económica de la asociación.
- Realizar los pagos ordenados por el presidente, previa aprobación de junta directiva.
- Custodiar los fondos y bienes de la asociación, así como los documentos y los
justificantes de los ingresos y gastos efectuados.
RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA ASOCIACIÓN

La asociación carece de patrimonio fundacional. El patrimonio que se vaya constituyendo
estará compuesto por todos los bienes que se adquieran para la realización de las
actividades sociales. La asociación no tiene fines de lucro.
La autorización de los gastos que hayan de realizarse en la asociación corresponde a la
junta directiva, siempre que estén incluidos en los presupuestos o planes económicos
aprobados en Asamblea General ordinaria. No obstante, la Asamblea General podrá conferir
la autorización temporal a la junta directiva para disponer de los fondos sociales en
actividades determinadas, dentro de ciertos límites y previa aprobación presupuestaria.
La ordenación de pagos corresponde al presidente y serán efectuados por el tesorero,
quién si no los considera legítimos, podrá suspenderlos hasta que, por la junta
directiva, se resuelva con arreglo a derecho.
La administración del patrimonio corresponde a la junta directiva. Los recursos
económicos consistentes en las rentas del patrimonio, las cuotas de los asociados y las
subvenciones, legados y donaciones que puedan legalmente aceptarse, bien procedan de
personas físicas o jurídicas públicas o privadas, nacionales o extranjeras que acuerde
concederlas.
El importe de las cuotas de los asociados será de un mínimo cuya determinación es
competencia de la Asamblea General, a propuesta de la junta directiva. Sin embargo, los
asociados podrán determinar libremente su propia cuota, siempre que su importe sea
superior al mínimo establecido.
La asociación, a través de junta directiva, podrá conceder o solicitar subvenciones o
préstamos con destino a la realización de sus fines estatutarias.
ACTIVIDADES

Las actividades que desarrolla la Asociación de Padres es muy variada, donde se destacan:
- Gabinete psicopedagógico, en el que se realizan informes psicopedagogicos de los
alumnos/as.
- Excursiones.
- Clases extraescolares:
- Inglés.
- Mecanografía.
- Informática.
- Francés.
- Ayudas económicas al Centro.
- Aportaciones al mantenimiento de aulas y otras dependencias.
- Fiestas:
- Navidad.
- Carnaval.
- Fin de curso.
- Ayudas para viajes de estudios.
- También organizamos la Escuela de padres y madres, donde recibimos información y
formación para la educación de nuestros hijos, con charlas-coloquio de temas muy
variados (Prevención a las drogas; influencias de la Televisión; malos tratos; fomentar
los hábitos de estudio, etc.).